La periodista, locutora y doctora en leyes, Mabel Sánchez, analizó en el programa Café con Borra el impacto del caso español de Noelia Castillo y explicó las diferencias entre eutanasia, suicidio asistido y muerte digna en el marco legal argentino.
En una charla profunda en los estudios de radio Rivadavia Río Cuarto 94.7 FM, y sin esquivar matices, Mabel Sánchez abordó uno de los debates más complejos de la actualidad: el derecho a decidir sobre el final de la vida. A partir del caso ocurrido en España con Noelia Castillo —que reavivó discusiones a nivel mundial—, la especialista explicó que se trata de un tema atravesado no solo por lo jurídico, sino también por cuestiones éticas, médicas, familiares y religiosas.
Sánchez detalló que la eutanasia implica “poner fin a una vida que uno no quiere seguir viviendo, en uso del principio de autonomía de la voluntad”, mientras que el suicidio asistido consiste en que el propio paciente se administre la medicación proporcionada por un profesional de la salud. En ambos casos, aclaró, existen estrictos controles médicos y legales en los países donde estas prácticas están permitidas. España, por ejemplo, la legalizó en 2021, sumándose a otras naciones europeas con legislación vigente desde hace años.
En contraste, la Argentina no cuenta con una ley que habilite la eutanasia ni el suicidio asistido. Lo que sí existe es la llamada “muerte digna”, incorporada en 2012 a través de una modificación de la Ley de Derechos del Paciente. Esta normativa permite rechazar tratamientos que prolonguen artificialmente la vida en situaciones irreversibles, evitando el denominado “encarnizamiento terapéutico”. “No es lo mismo pedir que terminen con la vida, que decidir no seguir recibiendo tratamientos que solo extienden el sufrimiento”, explicó Sánchez.
En ese sentido, la especialista destacó la importancia del Registro de Voluntades Anticipadas (RUBA), vigente en Córdoba, donde cualquier persona puede dejar asentada su decisión respecto a tratamientos futuros ante una eventual situación crítica de salud. “Es una herramienta que muchos desconocen, pero que permite ejercer el derecho a decidir mientras se está en pleno uso de las facultades”, remarcó.
El rol de la familia y del equipo médico también aparece como un punto clave. Cuando no existe una manifestación expresa del paciente, son los familiares quienes deben transmitir lo que consideran su voluntad, lo que puede derivar en conflictos o incluso judicialización. A esto se suma la objeción de conciencia por parte de algunos profesionales de la salud, contemplada por la ley, aunque con la obligación de derivar el caso.
“Es un tema atravesado por convicciones personales muy profundas. Hay quienes entienden que la vida es un derecho individual y otros que consideran que pertenece a una instancia superior”, sostuvo Sánchez, subrayando la necesidad de respetar todas las posturas.
Mientras en el Congreso argentino vuelven a presentarse proyectos vinculados a la eutanasia y el suicidio asistido, el debate sigue abierto. Entre avances científicos, marcos legales en evolución y miradas diversas, la discusión sobre cómo transitar el final de la vida continúa interpelando a la sociedad en su conjunto.

